Abr 082012
 

¿Para que sirve una ley de transparencia?

Una ley de transparencia sirve básicamente para que los ciudadanos sepan que demonios hacen con su dinero y, si es que es posible, para que a los políticos se les caiga la cara de vergüenza.

Este video te puede ayudar a comprender su importancia y alcance.

¿España tiene una ley de transparencia?

No, y de hecho es el único país europeo de mas de un millón de habitantes en esta situación, lo cual supone un gran retraso.

Para que te hagas una idea, la primera ley de transparencia fue en 1766 en Suecia.

¿Esto puede cambiar?

Si y no.

El pasado lunes 26 salio un anteproyecto de la ley en esta materia pero tan plagado de carencias que supone mas un acto simbólico que otra cosa.

Sin embargo este anteproyecto de ley si es pionero en una cosa, es el primero en España que esta sometido a consulta popular.

Esto significa que tienes hasta el próximo martes 10 para hacer tus enmiendas y exigir una ley mucho mas amplia y digna.

¿Qué mas necesito saber?

Puedes leer el anteproyecto en www.leydetransparencia.gob.es/anteproyecto. Es un texto corto y accesible, de hecho si lo prefieres puedes descargar este pdf que impreso en formato folleto te ocupara solo 3 folios.

En la misma web, en la seccón consulta publica podrás dejar tus apreciaciones y demandas con un máximo de 1024 caracteres por cada uno de los 4 capítulos.

Si necesitas documentarte para juzgar este anteproyecto te recomendamos la consulta de los siguientes links

¿Puedo sumarme a alguna acción colectiva de respuesta?

Si, tienes varias posibilidades:

1- Puedes firmar esta petición de avaaz.org para que rehagan el anteproyecto por completo

2- Puedes responder a la consulta publica usando la propuesta desarrollada por la organizaci&#243n acces-info.org

3- Puedes contestar a la consulta publica copiando y pegando (o modificando) las respuestas que he preparado para este artículo y encontraras mas abajo.

Recuerda que cada capitulo le corresponde una respuesta de máximo 1024 caracteres, por eso son tan sintéticas.

Capítulo 1: Transparencia

 

Falta:
1-Reconocer el derecho de acceso a la información como derecho fundamental
2-Reconocer el principio de publicidad de toda la información en manos de las instituciones públicas. En caso de haber limitaciones el órgano competente debe estar obligado a ponderar entre el interés protegido y el interés público pudiendo prevalecer la revelación de la información
3-Todas las instituciones públicas deben verse afectadas por la ley, debe incluirse la Casa Real y las funciones no administrativas de instituciones públicas
4-Incluir a los Partidos Políticos
5-Las instituciones públicas deben también publicar:
5.1-Calendario, agendas y actas de reuniones públicas: plenos de ayuntamientos, asambleas legislativas y congreso de diputados, consejo de ministros...
5.2-Listado de información en su poder: bases de datos, registro y todo documento en cualquier formato
5.3-Especificar si los miembros de los gobiernos, órganos superiores o directivos ejercen otros cargos públicos y/o actividades privadas retribuidas

Capítulo 2: Derecho de acceso a la información

Falta:
1-Cambiar la definición de información por simplemente: toda la información registrada/archivada de cualquier forma, elaborada o recibida, y en posesión de las instituciones públicas
2-Eliminar el articulo 13 y del artículo 10.2, los apartados c), d) y e) ya que la única limitación ha de ser el artículo 105.b de la Constitución Española
3-En caso de conflicto establecer una prueba de daño y de interés público y la posibilidad de acceso parcial cuando solo parte de la información dañe el interés protegido
4-Sustituir el silencio administrativo negativo por positivo
5-Obligatoriedad de publicar la información cumpliendo open data, bajo licencias de propiedad abiertas, en formatos accesibles que permitan su descarga, redistribución y reutilización y que se puedan encontrar por las aplicaciones de búsqueda comunes en Internet
6-Las Unidades de Información han de estar obligadas a publicar en su web el registro de solicitudes de acceso a la información, las respuestas o las denegaciones y sus causas

Capítulo 3: Buen Gobierno

El Buen Gobierno debería tratarse en otra ley especifica. Aun así falta:
1-Incluir como infracción muy grave dar estimaciones del seguimiento de una huelga antes de publicar proactivamente el número de bajas/altas en la seguridad social provocadas por dicha huelga
2-Las infracciones del artículo 26.2 apartado a) y c) y del articulo 26.3 apartado a) han de ser muy graves
3-El absentismo laboral sin causa justificada debe incluirse como falta grave
4-La sanción del artículo 27.2, apartado a) no puede darse como única sanción
5-Eliminar del artículo 28.2 el tratamiento especial que reciben los miembros del Gobierno o de Secretariado de Estado. El órgano competente ha de ser el mismo para estos casos y para los demás
6-Se deberá publicar proactivamente en el portal de transparencia:
6.1-Los regalos recibidos, sin importar su naturaleza
6.2-Los infractores, la infracción cometida y sus correspondientes sanciones
6.3-Estadísticas de corrupción en los entes públicos: ministerios, ayuntamientos, empresas...

Capítulo 4: Otras disposiciones

Falta:
1-El órgano de revisión ha de ser independiente, conocer los recursos de denegación de información, velar por la implementación de esta ley y promocionar el derecho de acceso a la información. Su presidente se nombrará por mayoría simple en elecciones populares cuatrienales
2-Esta ley debe ser la base de la transparencia, cualquier regulación específica solo podrá ser más garantista, no podrá establecer mayores limitaciones ni peores condiciones
3-Incluir en el control de retribuciones también a los miembros de órganos de gobiernos autonómicos
4-Incluir medidas de protección para los denunciantes de corrupción en la administración pública
5-Incluir sanciones para:
5.1-los funcionarios que no cumplan sus obligaciones de publicación o no contesten a las solicitudes
5.2-las violaciones del derecho de acceso a la información pública y la destrucción de documentos
5.3-las instituciones públicas, miembros de gobierno, órganos superiores o directivos que deliberadamente oculten o manipulen información

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