May 262011
 

DERECHOS BÁSICOS en manifestaciones

(este artículo es muy largo, descárgalo en el enlace, o para leerlo haz clic en «Leer más…»)

Descargar archivo para WORD (2 páginas tamaño folio)

La libertad de expresión, manifestación o reunión, son derechos fundamentales de las personas y están protegidos por la norma constitucional del Estado español, en sus Art. 20 y 21. De acuerdo con éstas normas, puedes ejercer tu derecho a expresarte y manifestarte. Por medio de una manifestación, una acción directa no violenta, con una pancarta, repartiendo comunicados, gritando o cantando consignas, etc.

El derecho de manifestación y reunión no necesita autorización gubernativa, pero sí requiere comunicación previa, cuando se prevea que vayan a congregarse más de 20 personas. Si no se comunica, cabe que la policía impida su desarrollo.

Continue reading »

May 252011
 

Os copio tal cual nos ha escrito la compañera que ayer fue a Madrid en representación de todos:

Hola a todos,
Como acordamos ayer, os contamos las directrices que nos comunicaron desde legal en cuanto a las dudas que surgieron en la asamblea de los pueblos de cara al próximo sábado.
1. El abogado que estará de turno el sábado en Sol, se llama Endika Zulueta. Es a él a quien debemos nombrar en caso de posibles altercados, detenciones, etc. con la policía.
2. Nos recomiendan que no pidamos permiso, ni avisemos, ya que en caso de hacerlo sería a título personal y las consecuencias recaerían sobre la persona concreta.
3. Nos han informado que tenemos derecho a reunirnos legalmente hasta 20 personas. Igualmente, como se indica en el protocolo de actuación, si la policía pregunta, podemos responder que pertenecemos a un foro, etc…
Esperamos haber aclarado estas cuestiones.

Ánimo compañeros!